HISTORIA DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DESDE 1886 HASTA 1991
LA
CONSTITUCIÓN DE 1.886.
El ambiente que permitió la
creación de la Constitución de 1.886, se debió para esa época en una coalición
de conservadores y liberales moderados, que dio término a la hegemonía liberal
y que llevó al poder a Rafael Núñez (conservador) y que desmontó la Constitución
de Rionegro de 1.863.
La Asamblea Constituyente fue
conformada por delegatarios de los nueve estados: dos por cada estado.
Con la nueva Constitución de
1.886, el país es llamado oficialmente República de Colombia. Rafael Núñez como
presidente, anunció un programa nacional de Regeneración que cambió al país de
un sistema federal descentralizado, es decir de estados independientes, a un
sistema centralizado con una presidencia central y única.
Los aspectos mas importante
que trajo consigo esta constitución de 1.886, fueron los siguientes:
- El período presidencial
cambió de 2 años a 6 años.
- El Presidente de la
República es elegido por el congreso.
- El Presidente de cada Estado
fue renombrado por el de gobernador. Ahora cada estado es renombrado Departamento.
El gobernador de cada departamento era nombrado por el Presidente de la
República. El gobernador de cada departamento elegía a los alcaldes de sus
respectivos municipios, excepto el de Bogotá que era elegido por el Presidente
de la República.
- Se autorizó la reelección
del Presidente de la República para períodos inmediatos.
- La cámara de representantes,
las asambleas departamentales y los concejos municipales se elegían por voto
popular.
- El senado era elegido por
las asambleas departamentales.
El sufragio para elecciones en
el ámbito nacional se limitó a los hombres mayores de 21 años que supieran leer
y escribir. La restricción de saber leer y escribir no aplicaba en las
elecciones regionales. La restricción fue propuesta por Caro para que los
líderes elegidos fueran elegidos por personas que entendían los conflictos por
los cuales experimentaba el país.
- Se creó la figura de
vicepresidente la cual fue ocupada por Vicente Payán.
- La religión católica se
convirtió en la religión oficial y recobró los derechos perdidos en el pasado.
Desde 1885 hasta 1.995, los ultra liberales no se
resignaron a perder el poder y por eso este período se caracterizó por ser muy
violento, ya que estos iniciaron un exterminio contra pueblos, ciudades y
líderes conservadores.
La constitución de 1.886
permaneció vigente por más de 100 años, guiando el mandato de 23 presidentes de
la República hasta el año de 1.991 cuando entra en vigencia otra nueva
Constitución.
Los hechos destacables en este
período corresponden a comienzos del siglo XX (1900), específicamente el 3 de
noviembre de 1.903, cuando el departamento de Panamá se separa de Colombia, con
apoyo de los EEUU, ya que este país tenía el interés de construir el canal de
Panamá. La razón principal por la cual se perdió este territorio fue por el
debilitamiento que dejó la guerra civil
de los 1000 días. El 6 de noviembre los EEUU reconocen la soberanía de
Panamá. El 11 de noviembre los EEUU advierten a Colombia que no permitirían
tropas en suelo panameño para su recuperación. El Tratado Herrán – Hay entre
Panamá y los EEUU, le dá el derecho a este país para construir el canal y
administrarlo por 100 años.
REFORMA
A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.905.
En diciembre de 1.904, meses
después de haber sido elegido Presidente, Rafael Reyes cierra el congreso y
convoca a una nueva Asamblea Nacional constituyente conformada por 3
representantes de cada departamento (provincias) seleccionadas por los
administradores departamentales.
La Asamblea por acto legislativo
5 de marzo de 1.905, decide terminar el sistema de escrutinios mayoritarios por
personas o nominativas en circunscripciones uninominales y plurinominales para
la cámara y las legislaturas provinciales o estatales y eliminaba el concejo de
estado. Reyes logra que la Asamblea extienda su período presidencial por cuatro
años adicionales de 1.910 a diciembre de 1.914, sin embargo se retira en 1.909.
REFORMA
A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.910.
Ante el sorpresivo retiro al
exilio del General Rafael Reyes el 13 de junio de 1.909, el congreso elige a su
vicepresidente, el conservador General Ramón González Valencia.
Ramón González convocó, en 1910, una Asamblea Nacional para reformar la
Constitución de 1886, la cual se instaló el 15 de mayo. Esta importante
reforma, inspirada por los integrantes de la Unión Republicana (que en la práctica era un tercer partido
con principios bipartidistas, partidario de las elecciones libres y la
tolerancia religiosa), prohibió la participación de militares en política,
estableció la elección popular directa del presidente de la república,
asambleas departamentales y concejos municipales; redujo el período
presidencial de 6 a 4 años, prohibió la reelección inmediata de los
presidentes, eliminó la figura del vicepresidente y la reemplazó por la de un
designado que sería elegido por el congreso; estableció el sistema de
proporciones para el nombramiento de los miembros de las corporaciones públicas
de acuerdo a los votos obtenidos, asegurando un mínimo de una tercera parte
para lo que en ese entonces se llamaba el partido minoritario: el partido
opuesto; otorgó al congreso la facultad de elegir a los magistrados de la Corte
Suprema de Justicia, consagró el control constitucional a la Corte Suprema de
Justicia y el control difuso por la vía judicial. Así que con estas reformas se
redujeron los poderes presidenciales.
Esta reforma mantuvo las restricciones para el voto
que eran: saber leer y escribir, tener una renta anual de al menos 300 pesos o
tener propiedad raíz por un valor no menor de 1.000 pesos.
Igualmente el mandatario se mantuvo el poder para
nombrar gobernadores (quienes a su vez nombraban alcaldes), corregidores,
administradores, directores de correos, jefes de cárceles, gerentes de bancos,
y otros más, y la cultura Colombiana seguía aceptando esto como algo natural.
REFORMA
A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.936.
Durante el
gobierno de Alfonso López Pumarejo, el 1 de
agosto de 1936, realizaron
varias reformas. Se amplió el derecho de sufragio a todos los hombres mayores
de 21 años, eliminándose la restricción de saber leer y escribir para
ejercerlo. Ese derecho fue utilizado por primera vez en las votaciones
presidenciales de 1938 en las que gana el liberal Eduardo Santos.
A la mujer,
se le concedió el derecho de ocupar la mayoría de los cargos públicos, a pesar
de que no era considerada ciudadana para efectos del sufragio, pues ya
empezaban a aparecer mujeres que asistían a la Universidad; fueron eliminados
los privilegios para la iglesia católica y en consecuencia se estableció la
libertad de cultos. Se dispuso que para regular las relaciones entre la Iglesia
y el Estado, el Gobierno podría celebrar convenios con la Santa Sede, sujetos a
la posterior aprobación del Congreso sobre bases de mutuo respeto. Se consagró
la libertad de enseñanza, la gratuidad de la educación primaria en las escuelas
estatales y la obligatoriedad de la educación en el grado que señalara la ley.
En materia
económica, la reforma de 1936 introduce el intervencionismo de estado, define
la propiedad como función social que implica obligaciones, establece como
función del Estado la intervención en la educación, los conflictos sociales,
las relaciones obrero patronales y la vida económica para racionalizar la
economía y define el trabajo como obligación social que goza de la especial
protección del Estado. Se puede afirmar que esta reforma, impulsada por López
Pumarejo, sienta las bases para la construcción de un estado social.
REFORMA
A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.954
Durante el
gobierno de Gustavo Rojas Pinilla y por
sugerencia suya, la Asamblea Nacional Constituyente (ANAC), reconoció por
unanimidad los derechos políticos de la mujer mediante el acto legislativo
número 3 de la de agosto 25 de 1954. Las mujeres ejercieron este derecho por
primera vez durante el plebiscito del 1 de diciembre de 1957 para aprobar el
cambio constitucional que le permitiría a los dos partidos políticos
tradicionales, Conservador y Liberal, establecer el Frente Nacional.
Tres
intentos de reconocer el derecho de votación a la mujer habían fallado antes:
El primero en 1934 durante el gobierno de Alfonso López Pumarejo en
donde se presentó un proyecto de ley al congreso que no pasó, y tampoco pasó en
la reforma constitucional de ese año. El segundo fue la propuesta presentada
por el liberal Alberto LLeras Camargo en
1944 pero fue pospuesta bajo la disculpa de que la regulación no se haría antes
de 1948. El tercero fue la propuesta presentada por el liberal Alfonso Romero Aguirre en
1948 la cual fue apoyada pero para ser implementada en forma gradual, que en la
realidad fue otro aplazamiento.
REFORMA A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.957.
La Junta Militar de
carácter temporal que sucedió a Rojas Pinilla y por acuerdo de los partidos
políticos tradicionales, autoriza, en octubre de 1957, un plebiscito de reforma
constitucional mediante Acto Legislativo No. 0247 para fijar la paridad de los
partidos con el fin de buscar una salida a los problemas del país. Este acuerdo
y el período correspondiente fue llamado el Frente Nacional.
El
plebiscito del 1 de diciembre de 1957 aprobó, con cerca del 94% de votos a
favor, la reforma constitucional para la paridad entre los dos partidos
políticos tradicionales, el liberal y el conservador, en las Corporaciones
Públicas por un período de 12 años y determinó que las elecciones para
Presidente de la República, Congreso, Asambleas Departamentales y Concejos
Municipales se realizarían durante el primer semestre de 1958.
REFORMA A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.958.
El primer
Congreso elegido popularmente dentro del Frente Nacional hace un cambio
constitucional para ampliar el periodo del Frente Nacional de 12 a 16, y decide
además que el primer presidente sería liberal y no conservador como se había
acordado antes.
REFORMA A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.968.
A pesar de
que el Frente Nacional terminaría
en 1974, las reformas constitucionales para preparar la transición empezaron
en 1968 durante
el gobierno de Carlos Lleras Restrepo penúltimo
presidente del Frente Nacional.
Con el fin
de reglamentar la competencia electoral inter-partidos, las reformas eliminaron
el reparto por mitades en las asambleas departamentales y consejos municipales,
pues ya estaba estipulado que el del congreso terminaría en 1974, y se
incluyeron algunas medidas para reconocer partidos minoritarios. En algunas
otras áreas de la constitución las reformas requeridas se pospusieron, en
algunos casos indefinidamente, como fue el caso del ordinal primero del artículo 120 de la Constitución
en que se mantiene "La participación justa y equitativa del
segundo partido en votación" que limitaba la
participación de los partidos minoritarios y por ende la participación
ciudadana.
Se estableció
que posteriores reformas a la constitución podrían ser realizadas por el
congreso, siempre y cuando la reforma fuera aprobada por la mayoría absoluta
(dos tercios) de todos los miembros del Senado y la Cámara votando en dos
sesiones legislativas ordinarias consecutivas.
REFORMA A LA CONSTITUCIÓN DE 1.886 EN EL AÑO DE 1.986.
Durante el
gobierno de Belisario Betancur se
establece la elección popular de alcaldes y gobernadores, el 21 de noviembre
de 1986, con el fin
reducir o eliminar el control central de los partidos sobre sus nominaciones y
ampliar la democracia regional.
CONSTITUCIÓN NACIONAL DE
COLOMBIA DEL AÑO DE 1.991.
La
Constitución de 1991 es
llamada también la "Constitución de los Derechos", por cuanto
reconoce y consagra no sólo los derechos fundamentales, clásicos desde la
Revolución Francesa por los que tanto había luchado Don Antonio Nariño, sino los
derechos económicos y sociales, propios del Estado Social de Derecho,
consagrada en el artículo 1º de la Constitución y los derechos colectivos, o de
tercera generación, dentro de los cuales se destacan entre otros la moralidad
pública, la libre competencia económica y el derecho a un ambiente sano. Además
crea los mecanismos necesarios para asegurar y proteger esos derechos, entre
otros, la Acción de Tutela, la Acción de Cumplimiento, Las Acciones Populares y
de Grupo.
A partir de
un movimiento estudiantil formado en 1989, se convoca
en 1990 una
Asamblea Nacional Constituyente elegida por voto popular directo, la cual
promulga en Bogotá en
1991 la Constitución Política de Colombia de
1991. En ella se conserva la denominación de República
de Colombia.
En el
proceso de negociaciones de paz con los diferentes grupos alzados en armas
durante el mandato del presidente Virgilio Barco Vargas, el
grupo guerrillero M-19 había
hecho énfasis insistentemente en que uno de los principales requisitos para
deponer las armas era la creación de una Asamblea Nacional Constituyente para
modificar la constitución la cual hasta entonces no garantizaba la creación y
desarrollo de otros partidos políticos diferentes a los dos partidos
tradicionales, ni daba espacio de representación a las minorías. Ante la
negativa del gobierno de hacer una consulta popular que autorizara el cambio
constitucional incluyendo una opción en las papeletas de votación para
presidente de la república, los estudiantes, en particular los de las
universidades, decidieron hacer un movimiento a nivel nacional para que la
población incluyera una Séptima Papeleta ordenándole
al ejecutivo que conformara una Asamblea Nacional Constituyente. La propuesta
fue acogida y el triunfo llegó para aquellos jóvenes colombianos que pedían la
constituyente, más del 50% de los votantes incluyó la “Séptima Papeleta” con lo
cual el presidente en turno, César Gaviria Trujillo, se vio
obligado a cumplir con el mandato popular.
De esta
forma la historia de Colombia tuvo un giro sin precedentes ya que no sólo se
logró un cambio constitucional sino también que el grupo guerrillero M-19
entregara las armas y se integrara a la vida política nacional, y que a las
comunidades indígenas se les garantizara representación en el Congreso de la
República.
Los veinte (20) aspectos más
relevantes de la Constitución de 1.991, son los siguientes:
1. Libertad de cultos: cesó la
hegemonía de la iglesia católica como religión de la Nación y se abrió paso a
la libertad que tienen los ciudadanos de profesar otras creencias.
2. La Acción de Tutela: Esta
herramienta es catalogada como el mayor logro de la C.N. de 1.991. Permite a un ciudadano en común
reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos fundamentales.
3. La Fiscalía General de la
Nación: con la C.N. de 1.991, nació este ente acusador ya que el sistema penal
que existía antes de 1.991 era uno inquisitivo, en el que el mismo juez era el
que investigaba, acusaba y juzgaba, por eso se creó para separar estas etapas.
4. La Corte Constitucional.
Tiene la función de guardar la integridad y la supremacía de la C.N. y hacer
los análisis de exequibilidad o inexequibilidad de las reformas o de las leyes
estatutarias aprobadas por el congreso.
5. Estado de excepción: Estas
figuras representan una herramienta para el presidente de la República, que en
momentos difíciles para el país, queda con facultades extraordinarias para
emitir decretos con fuerza de ley, a fin de garantizar el retorno de la
normalidad.
6. Descentralización: Cada
ente territorial del orden nacional, departamental, municipal, maneja con
autonomía sus propios recursos. Sin embargo por estos temas como las transferencias,
el recaudo de tributos, y en caso las regalías no son bien manejadas por
algunas administraciones.
7. Minorías étnicas y equidad
de género: La carta garantizó el respeto cultural y el desarrollo equitativo de
los grupos indígenas, así como la población afrodescendiente.
8. Catálogo de derechos
fundamentales: Se consagró que Colombia es un estado social de derecho, máxima
en los derechos fundamentales.
9. Democracia Participativa: A
parte del derecho de elegir a sus gobernantes, los ciudadanos cuenta con
mecanismos de participación directa para la toma de decisiones políticas.
10. El Vicepresidente. Con la
C.N. de 1991, resucitó de nuevo este cargo. Será el presidente de la República
quien le signe las funciones.
11. Elección popular de
gobernadores. Hasta 1.990 los gobernadores eran nombrados por le presidente de
la República. Con la CN de 1.991 será el pueblo que a través del voto elegirán
a sus gobernadores.
12. Sistema de Salud. Con la
CN 1991, la prestación del servicio será responsabilidad del estado.
13. Autonomía del Banco de la
República. La independencia la logra con su rango constitucional y no hace
parte de ninguna rama del poder.
14. Defensoría del Pueblo.
Organismo que garantiza, promueve, defiende y proteje los derechos
fundamentales.
15. Medio Ambiente. Obliga al
estado a proteger las riquezas culturales y naturales y a los particulares les
inculca una función ecológica.
16. Régimen de regalías. El
76%de los recursos de regalías, serán destinados a los departamentos, municipios, debe destinarse
para los rubros de Proyectos sociales, agua potable, educación, salud,
saneamiento básico y reducción de muerte infantil.
17. Régimen de inhabilidades:
En materia política, uno de los elementos que más fue endurecido en la
Constitución fue el régimen de inhabilidades e incompatibilidades de los
congresistas y los miembros de las asambleas, concejos y juntas administradoras
locales.
18. Doble nacionalidad. Otro
de los alcances de la Constitución de 1991 fue que los colombianos no pierden
su nacionalidad por el hecho de adquirir otra extranjera.
19. Acción Popular. Este
mecanismo popular pretende la protección de los derechos e intereses colectivos
en lo que tiene que ver con ambiente sano, moralidad administrativa, espacio
público, patrimonio cultural, seguridad y salubridad públicas, servicios
públicos, consumidores y usuarios, libre competencia económica, entre otros.
20. La familia. La familia,
como núcleo esencial de la sociedad, tuvo un refuerzo en la Constitución del
91, la cual le dio un tratamiento especial.